Septiembre,
2003 - Fuente: GCBA
Con el objetivo de incentivar el desarrollo
de proyectos productivos en la ZONA SUR de Ciudad, el
gobierno porteño ha establecido condiciones diferenciales
para el otorgamiento de préstamos destinados al
desarrollo de proyectos en el área mencionada.
Las micro, pequeñas y medianas
empresas que presenten proyectos a desarrollarse en la
ZONA SUR de la Ciudad de Buenos Aires podrán acceder
a créditos de hasta $ 75.000 a una tasa del
8% anual fija.
Se entiende por ZONA SUR
la poligonal delimitada por Av. San Juan, Av. Directorio,
Av. General Paz, Riachuelo, Avenida Don Pedro de Mendoza
y Alicia Moreau de Justo.
La Secretaría de Desarrollo Económico
del GCBA, a través de la Dirección General
de Industria y Comercio, había dispuesto hace unos
meses una línea de créditos en el marco
del Programa de Apoyo a Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas (PROMIPYME) Capital PyMEs 10% de
hasta $ 50.000 al 10% anual fijo.
Las empresas interesadas en acceder a los
préstamos deberán presentar proyectos que
contemplen, entre sus objetivos, el incremento de la capacidad
productiva, la reestructuración y la reconversión
empresarial, la recomposición del capital de trabajo,
la adquisición de maquinaria y equipos, la adquisición
de inmuebles para localización de la producción
y otras inversiones que permitan la mejora de procesos,
productos, innovación tecnológica y rediseño
de la unidad productiva.
Podrán participar las empresas que
desarrollen actividades en los sectores de la industria,
el comercio o los servicios en el territorio de la Ciudad
de Buenos Aires y que se encuadren dentro de la clasificación
de PyME que se deriva de la Res. SEPyME N° 24/2001
y sus modificatorias. Se entenderá por empresas
que desarrollan actividades productivas en el territorio
de la CBA a aquellas que tengan tanto su domicilio legal
como su administración real en la Ciudad, y que
además desarrollen la totalidad de las acciones
que serán objeto del subsidio en el territorio
antedicho.
Podrán presentarse empresas legalmente
constituidas, las que deberán dar cumplimiento
a los requisitos establecidos en los Formularios de Presentación
de Proyectos que obran a los efectos del Programa. Serán
especialmente considerados aquellos proyectos con mayor
potencial en la generación de valor agregado, creación
de puestos de trabajo, sustitución de importaciones
e incremento de las exportaciones.
El componente destinado a financiar el gasto
en personal propio o contratado no podrá exceder
el 30% del costo total del proyecto. En el caso particular
de empresas de software puede computarse el 100% por este
concepto. Asimismo, el monto total del préstamo
no podrá superar el 70% del valor total del proyecto.
El resto deberá ser aportado por la empresa beneficiaria,
para lo cual podrá computar los montos correspondientes
a inversiones físicas, inversiones en bienes intangibles,
desarrollo de canales de exportación, entre otros.
Para más información visitar
www.mercadoba.gov.ar,
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