Recordatorio a los consorcios sobre el mantenimiento de los ascensores
De acuerdo con la normativa vigente cada consorcio es responsable de contratar a una empresas privada especializada y autorizada, que son las encargadas de garantizar el estado de funcionamiento y conservación de los ascensores. El Gobierno porteño recordó que todos los medios de transporte vertical instalados en la Ciudad, deben ser controlados por operadores privados autorizados y tener el correspondiente permiso de conservación.
Desde el año 2006, esta vigente el Decreto 879 que establece ese régimen de Conservadores de Ascensores.
Por su parte, el Gobierno porteño debe llevar actualizado el registro y verificar que los ascensores se encuentren incluidos en este régimen de conservación.
Para garantizar eficientemente esa tarea fiscalizadora, se avanza en un sistema digital de datos por el cual se podrá detectar a los infractores con un cruce de datos y con la actuación interactiva de los vecinos. Por el sistema se ofrecerá a los vecinos la posibilidad de chequear si su edificio cumple con la normativa y denunciarlo en caso de que no lo haga.
Hasta tanto se termine de informatizar, se lleva adelante el plan de verificación del estado documental y condiciones de funcionamiento de ascensores, montacargas, escaleras mecánicas, guarda mecanizadas de vehículos y rampas móviles. Para observar su cumplimiento el inspector solicita al consorcio o al encargado del edificio la siguiente documentación:
Libro de inspección, donde figure la habilitación y el resulta mensual de cada control .
La póliza de seguro de Responsabilidad Civil.
La tarjeta donde conste el nombre, domicilio y teléfono de la empresa responsable de la conservación y mantenimiento del ascensor; el nombre y la matrícula del profesional a cargo y la constancia de los controles mensuales.
En caso de no poseer algunos de estos requisitos el consorcio será pasible de las sanciones previstas por el Código de Edificación y por las leyes 451 y 1217 y el Decreto 879/2006.