Si un consumidor o usuario se ve afectado en sus derechos puede realizar la denuncia ante la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor del Gobierno de la Ciudad. La denuncia es en forma personal y debe realizarla la persona que hizo la compra o firmó el contrato. Para ello debe acercarse las oficinas de Esmeralda 340, planta baja.
Los requisitos son:
El hecho denunciado debe haber sucedido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ya sea la compra o la firma del contrato).
El denunciante debe ser consumidor final (es decir que lo que haya comprado o contratado sea para su uso personal).
Debe presentar una nota en la que relate los hechos.
Comprobante de la existencia de la relación de consumo (factura, ticket de compra o contrato).
Un juego de fotocopias para la Dirección General y uno para cada empresa denunciada.
El trámite es gratuito.
Efectuada la denuncia el consumidor elige la fecha y la hora para una audiencia de conciliación en la que se cita a las partes a fin de intentar alcanzar un acuerdo.
El plazo para que sea convocada la primera audiencia es de entre 25 y 30 días, excepto en aquellos casos donde esté en riesgo la salud de las personas (por ejemplo: medicina prepaga) o en el caso de consumidores turistas, dónde se convoca a las partes en un lapso de entre 5 y 10 días.
Si el denunciante y el denunciado llegan a un acuerdo, se firma un documento conjunto en el que constan los detalles del mismo. Este acuerdo es de cumplimiento obligatorio. En caso de no llegar a un acuerdo, se cierra la instancia conciliatoria y el expediente es derivado a la Dirección Jurídica de la DGDyPC. En esta instancia, el consumidor deja de ser parte de las actuaciones.
La Dirección Jurídica recibe el expediente y determina, mediante una resolución, si hubo una infracción a la ley 24.240 (Defensa del Consumidor) La empresa denunciada puede recibir una sanción de apercibimmiento o multa. El monto mínimo fijado para una infracción es de $500, y el máximo de $500.000.
Las resoluciones son apelables ante el poder judicial. La multa no es a favor del denunciante, sin perjuicio de ello las actuaciones administrativas pueden servir como prueba para una futura acción judicial particular del consumidor.
Por otra parte la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor cuenta, a través de un convenio con la Facultad de Derecho de la U.B.A., con un servicio de patrocinio jurídico gratuito. El horario de atención es de 10 a 12 los lunes y jueves en Esmeralda 340, piso 2. |